Decisión mediiante la cual este Juzgado de Sustanciación se pronunció en relación a la admisibilidad de las pruebas promovidas consignadas durante la Audiencia de Juicio celebrada el veintidós (22) de mayo de 2012, por los abogados Rafael Badell Madrid y Nicolás Badell Benítez y María Verónica Bastos Pargas, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Mercantil CLINICAS RESCARVEN, C.A.