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DECISIÓN
Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: PROCEDENTE la corrección del ERROR MATERIAL solicitado por el abogado JUAN CARLOS HERNNDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 133.828, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha siete (07) de mayo de 2024, solo en lo que respecta a: DONDE SE LEE: "SIN LUGAR", DEBE LEERSE: "INADMISIBLE".
2. SEGUNDO: Téngase la presente, como parte integrante de la sentencia definitiva dictada en fecha siete (07) de mayo de 2024, manteniendo toda su fuerza y vigor el resto del contenido del referido fallo. ´