En mérito de las consideraciones expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara: Inadmisible la demanda Merodeclarativa de Unión Concubinaria, interpuesta por la ciudadana Zenaida Josefina Pérez Herrera, contra los ciudadanos Génesis Bustillos Pérez, Genova Skarling Bustillo Pérez, y Carlos Adam Bustillo Pérez.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los diecinueve días del mes de junio de 2024, siendo las 10:00 de la mañana. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
Regístrese, publíquese, anótese en los libros respectivos y déjese copia para el copiador de sentencias de manera digital.
La Juez La Se.....