Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara firme el decreto Intimatorio de fecha 28 de abril de 2011, dictado en contra de los ciudadanos ALGIMIRO JAVIER BRAVO BARROSO y JULIETH ALICIA URDANETA BARROSO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.150.277 y 11.606.958, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMACIÓN sigue la Sociedad Mercantil "BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A.", plenamente identificada y en consecuencia, se condena a la parte intimada a pagar a la parte actora, la suma de DIEZ MIL CIENTO VEINTICUATRO BOLÍVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 10.124,18), discriminados de la siguiente manera: a).....