En fecha 19 de septiembre de 2022, este Juzgado de Sustanciación acordó Auto Para Mejor Proveer, a los fines de solicitar a la parte recurrente, Acto recurrido Nro. 0230-168CJ-00077, de fecha 09 de febrero de 2010, donde se evidencie el derecho reclamado en la presente Demanda de Nulidad, acto emanado del SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS (SAREN), donde se verifique lo solicitado. A tal efecto, se concedió un lapso de tres (3) días de despacho siguiente a la publicación del presente auto, asimismo, una vez transcurridos los tres (3) días de despacho otorgados a la parte demandante, este Juzgado analizará las causales de inadmisibilidad con los documentos y soportes que cursen en autos, teniendo para ello tres (3) días de despacho.