Visto las exposiciones de las partes y atendiendo específicamente el desistimiento del proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado, visto el acuerdo entre las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO, dándole efectos de Cosa Juzgada. Ordenando que se archive el expediente. Emítase copias a las partes.