IV
DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ALÍ JURADO OSORIO.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de octubre de dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA
BEATRIZ GONZÁLEZ LA SECRETARIA
YANIBEL LÓPEZ
La sentencia anterior se publicó en su fecha siendo la doce y diez de la tarde (12:10 p.m.)-.
LA SECRE.....