PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de regulación de la competencia interpuesta por la abogada YURUANY VILLARROEL NUÑEZ en su condición de apoderada judicial de la parte actora ciudadana YULI VILLARROEL NUÑEZ, contra la decisión proferida en fecha 25 de enero del 2011, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la cuestión previa contenida en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, atinente a la litispendencia opuesta por el accionado, la cual queda revocada.SEGUNDO: Se ordena la continuación del juicio de divorcio incoado por la ciudadana Yuli Villarroel Nuñez contra el ciudadano Audio Rafael Urribarri, el cual se sustancia en el expediente signado con el Nº AP11-F-2009-000676 de la nomenclatura del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de.....