DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, oídas las exposiciones de las Partes y de sus Alegatos, así como la Admisión de Hechos por parte de los Acusado y la no Oposición de la Representación Fiscal, este Tribunal de Control No. 08, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide en los siguientes Términos:
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 y 9 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Publico y por cuanto verificada, la misma cumple con los requisitos del articulo 326 del COPP, en contra de los ciudadanos YASMIN ANAHIR ESCALONA SUAREZ Titular de la Cedula de Identidad Nº 28.425.981, y ANDRY JOSE QUINTERO Titular de la Cedula de Identidad Nº 18.431.807, por la presunta comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Or.....