Se dicta la decisión en la cual se DESESTIMA LA DENUNCIA, interpuesta por la ciudadana: YANYERLY DE LA TRINIDAD PIRE, titular de la Cédula de Identidad N° 14.159.880, de nacionalidad venezolana, residenciado en Urbanización la Margarita, Calle 01, Casa N° 75, Barquisimeto, Estado Lara, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 301 y 302 del código orgánico procesal penal.