Esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos JUAN DE LA CRUZ LOBO PEREZ e INGRID LORENA MORALES CHACON, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-8.096.107 y V-9.340.775, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha treinta y uno de marzo (31) de Marzo de 1990, por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Ayacucho hoy día Municipio Ayacucho, San Juan de Colón, Estado Táchira, asentada bajo el acta Nº 16 de los Libros de Registro Civil de Actas de Matrimonios llevados por ante ese Despacho, correspondientes al año 1990. En cuanto al adolescente (Se omite su identificación según lo di.....