Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE la Entrega del Vehículo: FABRICACION EXTRANJERA, MODELO BUDD, CLASE REMOLQUE, TIPO BATEA, SERIAL CARROCERIA 176215L, COLOR ROJO, SERIAL MOTOR NO PORTA, AÑO 1979, PLACAS A95BF2M, en calidad de guarda y custodia al ciudadano: CANDIDO AMADOR HERNANDEZ PINTO, venezolano, mayor de edad, comerciante, portador de la cédula de identidad nro. 7.015.957 con la expresa obligación de presentarlo cada vez que sea requerido. La entrega del vehículo está fundamentada en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Ofíciese al Jefe del Estacionamiento Judicial "LA CONCORDIA"; devuélvase los documentos originales y en su lugar insértese Copias Certificadas de los mismos. Regístrese y Publíquese.-Cúmplase