PRIMERO: INADMISIBLE el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 22 de noviembre de 2011, por el abogada en ejercicio AIZKEL ORSI CHIRINOS en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadana NANCY MARIELA HINOJOSA SALINAS, contra la decisión proferida en fecha 23 de septiembre de 2011, por el Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la demanda por resolución de contrato de arrendamiento impetrada contra la mencionada ciudadana por la parte demandante ciudadana SILVIA MACARENA JIMENEZ DE HARTUNG, y en consecuencia resuelto el contrato de arrendamiento sucrito entre las partes en fecha 11 de enero de 2011, y se condenó a la accionada a entregar a la parte actora el inmueble objeto de arrendamiento constituido por un local comercial distinguido con el número 47, letra A-01, destinado a Mini Tienda distinguida con el Nº 18, ubicada en el nivel C-1, primera etapa del Centro Ciudad Comerc.....