-VI-
DISPOSITIVO
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, con competencia en los estados Aragua, Carabobo y Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1. SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA ADMISIÓNdel recurso contencioso tributario, formulada por la abogada Tamara Lucia Ruiz, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 248.520, actuando en representación judicial del Estado Bolivariano de Aragua por el Órgano de Servicio Tributario De Aragua (SETA), interpuesto por los abogados Dilla Saab Saab y Esther Carolina Duarte Amaro, titular de las cédulas de identidad V- 7.143.342 y V- 23.649.104, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N.°67.142 y 287.711, actuando como Representantes Legales de la Sociedad Mercantil MANUFACTURAS DE PAPEL, C.A (MANPA), contra Resolución 002-2024 notificada.....