Por todos los razonamientos anteriores, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Por las precedentes consideraciones, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO DEL RECURSO, ejercido por los abogados MIGDALIS RODRIGUEZ y JUAN ALBERTO CASTRO PALACIOS, en su condición de apoderados judiciales de la parte demandada, en virtud de los razonamientos expuestos por esta alzada.
SEGUNDO: Por la naturaleza de lo decidido no hay condena en costas.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia certificada de esta decisión y en su oportunidad remítase el expediente al Tribunal de origen.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Juz.....