DECISION
Por todo lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se decreta la cesación definitiva de la medida de privación de libertad a favor DATOS OMITIDOS, en virtud de la extinción de la responsabilidad penal por cumplimiento de la medida como un presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz, por el delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 05 DE LA Ley sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal, la cual vence el 23 de Abril de 2010. Líbrese boleta de Libertad. Ofíciese al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental Uribana. Notifíquese a las partes.
Regístrese y publíquese.