Por todas las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Desistido el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la sentencia publicada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 14 de febrero de 2008. Segundo: Se confirma la sentencia recurrida, que declaró parcialmente con lugar la demanda, interpuesta por la ciudadana Emilia Oliveros contra la Alcaldía del Municipio Libertador, y se condena a esta última a cancelar al actor, los conceptos declarados procedentes por el a quo, es decir: Vacaciones fraccionadas: 2,5 días lo que es igual a la cantidad de Bs. F 62,50 a razón de un salario diario de Bs......