PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para cuando ocurrieron los hechos, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES en el presente asunto seguido a los ciudadanos: ISAAC MANUEL RIVERO SILVA, , CARLOS GREGORIO SILVA RAMOS, , FRANCISCO ANTONIO PEÑA GRATEROL, , GERARDO ENRIQUE ARRIETA ALVARADO, , JHONNY ALBERTO VIZCAYA BARRIOS, , FRANKLIN RAFAEL PÉREZ, y ELIZABETH COROMOTO ABREU, . SEGUNDO: Se ordena el cese de la condición de imputados, a los ciudadanos ISAAC MANUEL RIVERO SILVA, , CARLOS GREGORIO SILVA RAMOS, , FRANCISCO ANTONIO PEÑA GRATEROL, , GERARDO ENRIQUE ARRIETA ALVARADO, , JHONNY ALBERTO VIZCAYA BARRIOS, , FRANKLIN RAFAEL PÉREZ, y ELIZABETH COROMOTO ABREU, . TERCERO: Se deja constancia que la investigación puede ser reabierta si surgen nuevos elementos que lo justifiquen, y previa autorización del Juez.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase.