En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, revisa la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada en contra del ciudadano Luis Miguel Torres Malvacia, ut supra identificado, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, Robo Agravado y Lesiones Personales Genéricas, tipificados en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, 458 y 413 del Código Penal, quedando obligado a presentarse cada 15 días por ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente dec.....