PRIMERO: Se acuerda a favor del acusado HERRERA TORREALBA ENMANUEL JOSE, titular de la Cedula de Identidad V- 19.149.420 la comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el Art. 254 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con la Agravante Genérica prevista en el Art. 217 ejusdem, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de un (1) año, conforme a los artículos 42, 43 del Código Orgánico Procesal Penal y se le imponen las condiciones previstas en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: 1.- Residir o mantener su residencia en la Jurisdicción de este Tribunal, y en caso de cualquier cambio de dirección necesario deberá participarlo a este Tribunal. 2.- Prohibición de Portar Armas de ningún tipo. 3.- Prohibición del abuso de Bebidas Alcohólicas y del Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas 4.-Permanecer en un Trabajo o empleo y 5.- Asistir a una Escuela para.....