Se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo constitucional por las abogadas MARIBEL CARNERO LÓPEZ y KELLYS DAYANA LA ROSA SALCEDO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 38.884 y 130.024 respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de la sociedad mercantil MERCADOS DE ALIMENTOS C.A., contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa Nro. 0217-2010, de fecha 03 de marzo de 2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo Pedro Ortega Díaz Sede Caracas Sur, mediante la cual se declaró Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de los salarios caídos, incoada por la ciudadana OMAIRA DEL CARMEN GRATEROL PÉREZ, portadora de la cédula de identidad Nro. 11.033.440.
2.- Ordena la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo.