En consecuencia, "EL EXTRABAJADOR" y "LA ENTIDAD DE TRABAJO" solicitan formalmente al Tribunal le imparta la homologación de Ley a la presente transacción para que surta y tenga efectos de Cosa Juzgada, libre dos (2) copias certificadas de esta transacción, del auto de homologación y del auto que ordene librar las copias. Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, y que la misma no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público la homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar. Asimismo se acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes, para lo cual se les insta a consignar las copias simples respectivas.
LA JUEZ
EL SECRETARIO
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
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