Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Juzgado ADMITIÓ la demanda interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos; ORDENÓ notificar a FGR, CGR, PGR, al MINISTRO DE LAS COMUNAS, ALCALDE DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO ARAGUA, a la DIRECCIÓN DE DETERMINACIÓN DE RESP. CONTRALORIA DEL MUNICP. SANTIAGO MARIÑO; ORDENÓ la notificación del CONSEJO COMUNAL VALLE FRESCO, para lo cual se comisionó al JUEZ SUP. ESTADAL CONTC. ADM. DE ARAGUA; ORDENÓ solicitar al ente correspondiente, los AA; ORDENÓ abrir cuaderno separado a fin de tramitar la medida cautelar solicitada; INSTÓ a la parte demandante, consigne los fotostatos requeridos para practicar las notificaciones ordenadas, y; ORDENÓ remitir el expediente a la CSCA, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio de conformidad con en el artículo 82 LOJCA.