En el caso de autos, en fecha quince (15) de diciembre (2023); se decretó Medida Cautelar Agraria a favor del ciudadano MIGUEL AUGUSTO ANDUEZA ORIBIO, el cual se ha dedicado a ejercer actividades agrícolas en el lote de terreno denominada "AGROPECUARIA LAS VIGIAS". Así como también ha sido demostrado que la sociedad mercantil AGROPECUARIA EL BRILLANTE, SOCIEDAD ANONIMA, representada por los ciudadanos CARLOS ALBERTO ROMERO ALEMAN y CARLOS DAVID CONTRERAS SANCHEZ, ha obstaculizado el buen desarrollo de las actividades agrarias en dicho predio, lo que determina que el presente decreto tendría vigencia hasta la culminación del ciclo norte verano 2024, a partir de la mencionada fecha. En consideración a que se ha demostrado la concurrencia de los elementos constitutivos de la cautela (fumus boni iuris, periculum in danni, periculum in mora y el interés colectivo), que satisfacen los requisitos relacionados con el peligro de pérdida de la ejecutoriedad de la sentencia y la afectación de la .....