ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia PRIMERO: La ciudadana MARGELIS ROSI BARELA AMARO, después de haber oído los planteamientos de la Abogada OLINDA CASTELLANOS, esta de acuerdo que el Régimen De Visitas sea de tres (03) días a la semana, Lunes, Miércoles y Viernes, dos (02) horas diarias, y una vez al mes el sábado ó el domingo podrá llevarse a la Niña EDMAR GARGELIS VARGAS BARELA a las nueve de la mañana (9:00 a.m) y devolverla a las cinco de la tarde (5:00 p.m), en caso de ocupaciones laborales o de salud los días podrán ser cambiados.- SEGUNDO: La Abogada OLINDA CASTELLANOS, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano EDGAR JOSE VARGAS, acepta el acuerdo que el Régimen de Visitas sea de tres (03) días a la semana, Lunes, Miércoles y V.....