DECISIÓN
Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por la ciudadana Eloisa Davila Varela, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.039.938, representada por el abogado Francisco Lepore Giron, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.093, contra el Ministerio de Energía y Petróleos, en consecuencia, se ordena al órgano querellado cancelar los beneficios percibidos por la querellante como personal adscrito al Ministerio de Energía y Petróleos, hasta la fecha de su efectiva transferencia al Ministerio de Industrias Básicas y Minerías, ello es, hasta el 31 de mayo de 2006.
Publíquese, regístrese y Comuníquese. Notifíquese a la Procuradora General de la República.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sépti.....