En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley ADMITE de conformidad con lo previsto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 15 de noviembre de 2010, por la abogada LUCY G. FIGUEROA, Defensora Pública Vigésima (20°) Penal, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en representación del ciudadano TRINO JOSÉ RODRIGUEZ, quien recurre conforme lo dispuesto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada el 10 de noviembre del presente año, por el Tribunal Cuadragésimo (40°) de Control del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó en contra de su defendido, medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 256 del Texto Adjetivo Penal.
Regístrese, dia.....