En razón de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA NULIDAD del auto dictado por el Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 17 de julio del año 2023, en la incidencia N° KN07-X-2023-000004, en la que oye la apelación en un solo efecto, y en consecuencia INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por la abogada CAROLA MELÉNDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.386, actuando en condición de apoderado judicial del ciudadano GERMAN JOSÉ ESPINA OLIVARES, titular de la cédula de identidad N° V-2.544.403, contra la sentencia dictada por el Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ir.....