III
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la recusación propuesta en fecha 27 de julio de 2010, por los ciudadanos HÉCTOR R. BLANCO FOMBONA V. y CARLOS EDUARDO BLANCO FOMBONA V. en su condición de apoderados judiciales de la recusante, FUNDACIÓN ALZHEIMER DE VENEZUELA contra el Dr. NELSON GUTIÉRREZ CORNEJO, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio por resolución de contrato seguido por la FUNDACIÓN PARA LA COOPERACIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL DE SOCIEDADES ESPECIALES (FUNDACODISE), contra la hoy recusante, en el expediente signado co.....