DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se ADMITEN las recusaciones planteadas, la primera de ellas por el Profesional del Derecho CARLOS MORENO, actuando en su carácter de Defensor del ciudadano RENZO DAVID PRIETO RAMÍREZ, y la segunda interpuesta por los profesionales del derecho THERESLY MALAVE, OMAR TOSTA y JUAN LUÍS GONZÁLEZ, actuando en defensa del ciudadano ROSMIT ELIECER MANTILLA FLORES, los cuales Recusan al ciudadano Abg. MIGUEL JOSÉ GRATEROL MANEIRO, en su condición de Juez del Tribunal Sexto (6°) en Funciones de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con los artículos 88 y 89 numerales 6 y 7 del Código Orgánico Procesal Penal.