En fecha 21 de enero de 2016, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual declaró que la competenia para conocer de la presente demanda le corresponde a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, admitió la misma, ordenó notificar a las partes, a la Procuraduría General de la República, a la Fiscalía General de la República y se ordenó solicitar los antedentes administrativos del caso.