Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano JOSE JESUS ABREU ORTIZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 84.206, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante en la presente causa; contra la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Veintiuno (21) de Junio de 2.005.
En consecuencia, DECLARA SIN LUGAR la demanda que por INTERDICTO RESTITUTORIO intentara el ciudadano JOSE VICENTE CORREA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 3.871.685, contra el ciudadano JOSE SURGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 8.423.127.
Queda de esta manera CON.....