V. DECISIÓN.
A razón de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se declara COMPETENTE para dictar la Medida Cautelar Innominada Especial De Protección Al Cultivo, según lo establecido en los artículos 196, 197 y 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR AGRARIA DE PROTECCIÓN A LOS SUELOS, sobre el lote de terreno ubicado en Las Morochas, Mini Granja las Morochas, Av. 2, Calle las Magnolias y Girasoles, parcela Nº 16-02, Parroquia San Diego del Estado Carabobo, a favor de la solicitud presentada por el ciudadano ENDER XIOMAR LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº.....