(...)Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, plantea el CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA. En consecuencia, acuerda remitir la presente actuaciones al Juzgado Superior del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que decida, quién es el Tribunal competente para decidir la presente causa(...)