Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal del Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas De los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto Del Segundo Circuito De la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, LA PRESENTE SOLICITUD, en consecuencia ordena por vía ORDINARIA y de conformidad con lo establecido en el Artículo 772 del Código de Procedimiento Civil la Rectificación del Acta de Nacimiento, que corre inserta ante el Registro Civil del Municipio Agua Blanca, Estado Portuguesa, de la siguiente manera; PRIMERO: La inserción en el Acta de Nacimiento signada bajo el Nº 459, Tomo: I, Folio Nº: 230, de fecha DOCE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO (12-09-1994), perteneciente a la Ciudadana: DIANA PAOLA ROMANO OSSA, Donde se lee que por error involuntario del funcionario a quien le correspondió transcribir dicha Acta d.....