III
DECISIÒN
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, la apelación interpuesto por la representación judicial del demandado en el juicio principal, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de diciembre de dos mil once (2011), por el Juez Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y en consecuencia, IMPROCEDENTE el recurso de hecho interpuesto en fecha 15 de febrero de (2012), por la referida profesional del derecho en contra del auto de fecha 3 del mismo año por el Juzgado antes mencionado.