DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, impone al ciudadano CARLOS EDUARDO SOSA SOSA, cedula de identidad Nº: 25.526.968, identificado en autos, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA contenida en el artículo 256 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en DETENCIÓN DOMICILIARIA, y a la ciudadana KATHERINE LAYNETH GUTIERREZ RODRIGUEZ, cedula de identidad Nº: 22.270.446, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, contenida en el artículo 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación periódicas cada 15 días antes la Taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal del estado Lara, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUST.....