En consecuencia este Juzgado ordena se haga entrega al ciudadano RICHARD JOSE REIMY OLIVARES, abogado inscrito en el IPSA bajo el N°:111.534, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N°:V-11.409.603, en su carácter de parte actora en la presente causa, de la referida libreta de ahorros, signada con el N°:2876930-77, para lo cual se ordena oficiar a la Oficina de Control de Consignación de este Circuito Judicial del Trabajo, a los fines de que le haga entrega de la referida libreta de ahorros, al ciudadano RICHARD JOSE REIMY OLIVARES, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N°:V-11.409.603, en su carácter de parte actora en la presente causa. Líbrese oficio. Así se establece. Por último, se acuerdan las copias solicitadas de conformidad con lo señalado en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así mismo una vez que conste en los autos la entrega de la referida libreta de ahorros, se ordenara el cierre y archivo del presente .....