PRIMERO: NIEGA la solicitud de REVISIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, decretada en contra del ciudadano ALIRIO RAFAEL ESQUEA ALVARADO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-(...), por la comisión del delito de (...), previsto y sancionado en el artículo (...) de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con las agravantes establecidas en el artículo 1, 8 y 9 del artículo 77 del Código Penal y el artículo 99 del Código Penal, en donde solicita una medida menos gravosa de las establecidas en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana [...] considerando que dicha modificación y revisión de la misma, es IMPROCEDENTE, POR LO QUE SE ACUERDA MANTENER LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, acordada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 05 de junio de 2014, en contra del acusado ALIRIO R.....