Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano FELIPE OCTAVIO VILLARROEL contra el MINISTERIO DE EDUCACIÓN.- SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar a la actora las diferencias de los siguientes conceptos: prestación de antigüedad e intereses, indemnización por despido injustificado, indemnización por preaviso, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, bonificación de fin de año fraccionado, debiendo descontar la cantidad de Bs. 682.778,49 (Bs. F. 682,77), se acuerdan los intereses de mora y la indexación, cuya estimación se hará por experticia complementaria del fallo, por un único experto, que será nombrado por el juzgado ejecutor, tomando en cuenta los parámetros que se establecerán .....