NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE DECLARAR: Suficiente las diligencia promovidas y evacuadas a fin de otorgar TITULO SUPLETORIO a la ciudadana GLORIA EDILMA YEPES MEJIA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.354.965, de este domicilio; sobre unas bienhechurias construidas sobre un lote de terreno de su propiedad el cual le pertenece según documento debidamente protocolizado por ante la oficina de Registro Publico Inmobiliario del Municipio Montalbán del Estado Carabobo, bajo el N° 46, Folio 314 al 317, Pto 1°, Tomo 1°, de fecha 12 de Mayo de 2006, ubicado en el Caserío Aguirre, Jurisdicción del Municipio Montalbán, del Estado Carabobo, dicho lote de terreno posee una superficie aproximada de OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (800 Mts2) y está alinderada de la siguiente manera: NORTE: Partiendo del punto (1) al punto (2) en una distancia de Veintidós Metros lineales con veinte centímetros (22.20 m.....