En base a las consideraciones y pronunciamientos anteriores, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, concluye que frente al decaimiento del interés de la Parte Oferente y la ausencia de propósito para continuar el presente procedimiento, se ordena el cierre y archivo definitivo de la presente causa. No hay condena en costa, dada la naturaleza del procedimiento. Se acuerda la emisión de las copias certificadas solicitadas en la diligencia de fecha 15 de junio de 2018. Así se decide, en Caracas a los 21 días de junio de 2018. 208º y 159º