Decisiones del dia 21/07/2010 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								3357-10  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 21/07/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: DISPOSITIVA
	 En razón de lo expuesto anteriormente, ESTA SALA TRES DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA  REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho AMBAR DANAY RONDON CHIRINOS, contra la decisión dictada en fecha 27 de Mayo de 2010, por el Juez Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano RICARDO HECKER PUTERMAN, por la comisión de los delitos de ABUSO DE PODER y OFENSA A LA DIGNIDAD HUMANA DE PERSONA DETENIDA, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; todo ello de conformidad con lo establecido en el literal "a" del artículo 437 ejusdem.-
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Rubén Gutierrez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Corte de Apelaciones 3 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP11-R-2010-000236  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 21/07/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: - III -
D I S P O S I T I V A:
Por los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA, lo siguiente, en la presente acción de TERCERIA, seguida por la ciudadana FELIPA DEL CARMEN CONTRERAS SANCHEZ,  contra el ciudadano NARDIN BACARRERA CHAVEZ y la  SUCESION MACHADO EGUI, representada por el ciudadano PABLO MACHADO EGUI,  todos identificados en el cuerpo de esta sentencia:
PRIMERO: Que el ciudadano NARDYN ERASMO BACARREZA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.517.092, carece de legitimación necesaria para actuar en el presente juicio y mucho menos, para  apelar en nombre de la parte actora.	
SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente expediente a su Tribuna.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Carolina  Garcia 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Noveno Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP11-R-2010-000236  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 21/07/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: - III -
D I S P O S I T I V A:
Por los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA, lo siguiente, en la presente acción de TERCERIA, seguida por la ciudadana FELIPA DEL CARMEN CONTRERAS SANCHEZ,  contra el ciudadano NARDIN BACARRERA CHAVEZ y la  SUCESION MACHADO EGUI, representada por el ciudadano PABLO MACHADO EGUI,  todos identificados en el cuerpo de esta sentencia:
PRIMERO: Que el ciudadano NARDYN ERASMO BACARREZA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.517.092, carece de legitimación necesaria para actuar en el presente juicio y mucho menos, para  apelar en nombre de la parte actora.	
SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente expediente a su Tribuna.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Carolina  Garcia 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Noveno Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AH16-V-2008-000290  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 21/07/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: DE LA FIRMEZA DE DECRETO INTIMATORIO.
Como consecuencia de lo que antecede, al no haberse cumplido con el pago intimado como fue acordado en el auto de admisión de fecha 07/07/2009, dentro de los tres (03) días concedidos, o haberse acreditado el pago, a tal efecto, y al no haberse realizado oposición, dentro de los ocho (08) días posteriores a la intimación, dicho decreto intimatorio adquiere carácter de firmeza, salvo derechos de terceros.  Y ASI SE DECIDE.
Respecto del tercero poseedor, se constato que la misma  es una  poseedora precaria, con el carácter de arrendataria, la cual no se encuentra obligada respecto  de la  presente ejecución, sino  que  por el contrario su derecho debe ser respetado conforme  las disposiciones contractuales a la que esta  sometida. Así se decide.- 
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Luis Leon 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Sexto Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2009-004181  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 21/07/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: se homologa el convenimiento en análisis, y se da por terminado el presente juicio.-  
Ahora bien, en cuento a al reenganche del demandante, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 181 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con el Art. 184 de la citada norma laboral, los cuales establecen que:  
"Los tribunales del trabajo competente de primera instancia, harán ejecutar las sentencias definitivamente firme y ejecutoriadas  o cualquier otro acto que tenga fuerza de tal, que hubieren dictado. 
 Artículo Art. 184: "El juez de ejecución está facultado para disponer de todas las medidas que considere pertinente, a fin de garantizar la efectiva ejecución del fallo y que esta discusión no se haga ilusoria.". 
De tal manera, esta Juzgadora conforme a lo ante expuesto, y por cuanto se observa que el fallo publicado por este Juzgado en fecha 22/06/2010, se encuentra definitivamente firma, dada la voluntad de la demandada,  por tal razón determina, que el J.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Maria Isabel Soto 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AH13-V-2006-000083  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 21/07/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no se causaron costas en este asunto, conforme con lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Regístrese, publíquese, notifíquese de ella a las partes en aplicación a lo pautado en el Artículo 251 e.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Juan Carlos Varela Ramos 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Tercero Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito