Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.12 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en DEPOSITO, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: ENDYS JAVIER PEREZ MILANO, C.I Nº 16.440.740, en su condición de Propietario. Con la advertencia QUE no puede realizar ningún acto de comercio con el vehículo y el mismo debe ser puesto a la orden del Tribunal al momento que este lo requiera. Quien se encuentra domiciliado en la Urb. Jacinto Lara, Parroquia Trinidad Samuel, calle "F", CASA Nº F-9, Teléfono: 0426-7267227 Y 02524215969, de esta ciudad de Carora. Segundo: Oficiar al Estacionamiento Sánchez de Carora, Estado Lara, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del Vehículo CLASE: CAMION; TIPO: ESTACA; MARCA: FAG.; MODELO: D-300, AÑO: 1969, COLOR: MARRON, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERIA: 13890699706,.....