REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 21 de Julio de 2015
205º y 156º
Vista la diligencia del 09/07/2015, suscrita por el ciudadano EDUARDO JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 1.372.494, asistido en este acto por la abogada en ejercicio Dulce María Álvarez de Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.974; mediante la cual solicita la devolución de las resultas de la presente solicitud, éste Juzgado Agrario, acuerda de conformidad con lo solicitado y en consecuencia, visto que se ha cumplido con el tramite respectivo, ordena devolver las resultas de la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), constante de cincuenta y cuatro (54) folios útiles de la presente solicitud, quedando en su lugar copias debidamente certificadas de los mismos.
La Jueza,
ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ, .....