Este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal de Valencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: La libertad del imputado Ronald Eduardo Mendoza Ascanio, en virtud de habérsele acordado una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de la Libertad, contenidas en los ordinales 03, 08 y 09 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, 3, Presentación cada 30 DIAS por ante la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, 8.- Presentación de dos fiadores con salario igual o superior a 25 unidades tributarias y 9.- Presentación de constancia de residencia expedida por la primera autoridad civil del municipio donde reside, todo ello, mientras la representación fiscal presenta el acto conclusivo. El procedimiento a aplicar es el Ordinario. De conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 61 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLINA LA COM.....