En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el RECURSO DE HECHO intentado por el ciudadano Gustavo García, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 90.278 y de este domicilio, actuando en representación de Mercantil Internacional C.A, sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 02 de junio de 1954, bajo el Nº 224, tomo 2-F de los Libros de Registro, contra el auto dictado en fecha 21 de septiembre de 2011 por el JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCION DE LA COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, por la negativa de apelación interpuesta.
En consecuencia se ORDENA al juzgado de instancia oír.....