administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos FÉLIX BOADA, EMETERIO JOSÉ GONZÁLEZ, EUDOMAR SOBIL, BENITO MARCANO, NICASIO JAIME, JUAN BAUTISTA GONZÁLEZ, EDGAR ZERPA, WILFREDO JOSÉ LUNAR, JUAN CARLOS GONZÁLEZ FARFAN, RENNY RAMÓN NÚÑEZ, RICARDO ENRIQUE ROLANDO ROCA EGRED y ANMARGRET MEJIA EGRED, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de CAZA, DESTRUCCIÓN EN ÁREAS ESPECIALES, ECOSISTEMAS NATURALES previsto y sancionado en el artículo 59 de la Ley Penal Del Ambiente, Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el 287 del Código Penal, ambos en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 108, ordinal 5º del Código Penal, en concordancia con el artículo 300 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal