RESOLUCIÓN JUDICIAL
Acto seguido la Jueza, oídas las partes en Audiencia, se pronuncio de la siguiente manera: El Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , de conformidad con los articulos, 4, 6, 7, 13, 256 ,del Codigo Organico Procesal Penal , Administrando Justicia, paso a decidir en los siguientes terminos.
PRIMERO :Admitio la imputación fiscal en contra del ciudadano: EMILIO JOSE COLINA, por el delito de Homicidio Culposo previsto y sancionado en el articulo 411 del Codigo Penal., en perjuicio de la victima Jhonni Amaya. identificados en autos
SEGUNDO : Decreta medida cautelar sustitutiva de libertad d conformidad con el articulo 256 del Codigo Organico Procesal Penal, ordinales 3, y 4 Ejusdem. La cuales se describen asi Presentación por ante la ofcina del Alguacilazgo cada 15 dias y Prohibición de salida del Estado Carabobo sin permiso pre.....