Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PRESENTE PROCESO al ciudadano HECTOR JOSE ALVARADO URE, incurso en la Comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por el lapso de UN (01), AÑO, conforme a los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se le imponen las condiciones siguientes previstas en el articulo 44 numeral 1ero y 9no del Código Orgánico Procesal Penal, Numeral 1: Residir en un lugar determinado. Numeral 9: Prohibición de Consumir Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas. Esta última será.....